- ¿Puede un extranjero comprar propiedad en México de verdad?
- Sí. Los extranjeros pueden ser propietarios en cualquier parte de México. En la costa (toda la Riviera Maya), tiene el título mediante un fideicomiso, un fideicomiso bancario de 50 años renovable bajo la ley de inversión extranjera de 1993, artículos 11 a 14, en el que usted es el único beneficiario: viva en ella, réntela, véndala, déjela a sus herederos. No se requiere residencia para comprar.
- ¿Cuánto cuesta comprar, todo incluido?
- Calculado sobre nuestras 7 propiedades actuales con tasas verificadas por ley para 2026, los gastos de cierre todo incluido del comprador extranjero rondan el 4.1 a 9.3 por ciento del precio en una reventa con nuevo fideicomiso. El porcentaje baja a medida que sube el precio, porque el permiso SRE y los costos del fideicomiso son montos fijos en dólares.
- ¿Qué es un fideicomiso, y es solo un arrendamiento largo?
- No. Es un fideicomiso bancario, no un arrendamiento. Un banco mexicano autorizado tiene el título legal desnudo como custodio pagado mientras usted, el beneficiario, tiene el uso pleno, la renta y el derecho de nombrar herederos. El artículo 12 concede expresamente el derecho a la renta; el artículo 13 fija un plazo de 50 años, renovable a solicitud.
- ¿Cuánto cuesta el permiso SRE del fideicomiso en 2026?
- MXN 21,650, unos USD 1,233 a 17.5586 MXN/USD el 2026-07-02, una vez, sin IVA. El monto en pesos es la fuente de verdad y se reajusta cada enero (Ley Federal de Derechos art. 25 fr. V a; Anexo 19 RMF 2026, DOF 2025-12-28).
- ¿Cuánto cuesta el impuesto de traslado (ISAI), y varía por ciudad?
- Sí, es municipal: 4 por ciento en Tulum y en Playa del Carmen (para escrituras desde el 10 de diciembre de 2025), 3 por ciento en Cancún y Puerto Morelos, aplicado sobre el mayor entre precio, valor catastral o un avalúo certificado. Quien cite un 2 por ciento fijo va uno o dos esquemas atrasado.
- ¿Cuánto tarda todo el proceso?
- Prevea unos 30 a 45 días desde una oferta firmada hasta el cierre en una reventa con nuevo fideicomiso. La SRE debe resolver el permiso en 5 días hábiles (central) o 30 días hábiles (delegaciones), con el permiso considerado otorgado si no cumple el plazo; el verdadero cuello de botella es el expediente del banco y del notario, no el reloj de la SRE (LIE art. 14).
- ¿Puedo comprar con visa de turista, o necesito residencia?
- Puede comprar con entrada de turista; no se requiere visa de residencia para adquirir propiedad ni para tener un fideicomiso. La residencia cambia su panorama fiscal y el conteo de días, no su derecho a ser propietario. Vea la guía de residencia antes de planear una estancia larga.
- ¿Puedo cerrar sin viajar a México?
- Sí, a distancia, mediante un poder notarial: firma un poder en su país, lo apostilla bajo la Convención de La Haya y lo hace traducir al español; prevea dos a tres semanas. Su apoderado firma luego la escritura ante el notario en su nombre.
- ¿Qué pasa con mi propiedad cuando yo muera, o al terminar los 50 años?
- El contrato de fideicomiso le permite nombrar beneficiarios sustitutos, de modo que la propiedad pasa a sus herederos sin un pleito sucesorio mexicano. El plazo de 50 años es renovable a solicitud sin tope declarado de renovaciones; no es una cuenta regresiva hacia perder la propiedad (LIE art. 13).
- ¿Cómo evito que me estafen?
- Por proceso, no por suerte: elija su propio notario independiente, verifique el título en el RPP o RPPC, confirme que cualquier terreno esté en dominio pleno en el RAN y no sea ejidal, mueva el dinero solo por depósito en garantía con fianza (nunca una cuenta personal), documente su fuente de fondos y traiga su propio abogado. Cada propiedad en nuestro sitio lleva un reporte de seguridad que documenta esa cadena para esa propiedad.